ORDENANZA N° 126/2016 Por unanimidad, el Concejo Deliberante modificó el Código Tarifario  Dada la necesidad de actualizar ciertos ítems de la Ordenanza Municipal de Tarifaria N° 110/2015, el Concejo Deliberante de Santa Rosa aprobó por unanimidad una modificación a la Ordenanza Tarifaria presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal La modificación recayó sobre los artículos 2°, 3° y 9°, referentes a abasto público e inspección sanitaria; tasas por limpieza y conservación de la vía pública, conservación de mejoras, servicios de recolección de residuos; habilitación y actualización de comercios, industrias y servicios; así como el modelo de Convenio de Cooperación que será suscripto entre la Municipalidad y los propietarios de los aserraderos.
Debido a que resultaba imprescindible actualizar y modificar la norma, de manera tal que se puedan adecuar los montos impositivos para ajustarlos a la realidad económica de la provincia y del país, el intendente convocó a una sesión extraordinaria a la cual asistió la totalidad de los integrantes del cuerpo, y con absoluta predisposición para la búsqueda de acuerdos y sancionar los proyectos de manera unánime.
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ROSA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1°: Modificar los Arts. 2°, 3° y 9° del Código Tarifario Ordenanza N° 110/2015, las que quedaran redactados de la siguiente manera: ABASTO PÚBLICO E INSPECCIÓN SANITARIA Art. 2ºFijase las siguientes tasas retributivas A- Por servicios prestados en el Matadero Municipal: 1-Por animal vacuno........................................................................ $ 400,00 TASAS POR LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA, CONSERVACIÓN DE MEJORAS, SERVICIOS DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS Y DESINFECCIÓN. Art. 3º Los propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles que se benefician con uno, varios o todos los servicios de este título, serán responsables del pago de la siguiente forma: A- Por el servicio diario de contribución de mejoras, conservación y barrido domiciliario de calles asfaltadas y/o adoquinadas por metro lineal de frente y por bimestre..................................................................................................................... $ 2,50 Por recolección de residuos domiciliarios diarios y por mes ...................................................................................................................................$ 50,00 Por recolección de residuos de comercios chicos y por mes ……… $ 100,00 Por recolección de residuos de comercios grandes y por mes………$200,00
3- HABILITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE COMERCIOS, INDUSTRIAS Y SERVICIOS Art. 9ºA los fines de la inscripción en el Registro de Comercio Municipal y otorgamiento de la Habilitación correspondiente, fijase los siguientes derechos de acuerdo a la actividad que desarrollen: 1 Por toda solicitud de habilitación de Industrias de acuerdo al siguiente detalle:
F- Aserraderos CATEGORIA A.................................................................................................. $ 35.000,00 CATEGORIA B……………………………………………………………….. $ 25.000,00 Artículo 2°: Apruébese el Modelo de Convenio de Cooperación, la que será suscripta entre la Municipalidad de Santa Rosa y los propietarios de los Aserraderos.- Artículo 3°: Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
Martes, 2 de febrero de 2016
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