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RECIENTE FALLO JUDICIAL SOBRE UN CASO ESPECIFICO
Anses debe adaptar su sistema para que menores vulnerables puedan administrar sus bienes
Después que el Juzgado de Menores Nº 1 autorizara a una adolescente a cobrar su Asignación Universal por Hijo, algunas entidades deberán modificar procedimientos.
En el marco del fallo que autorizó a una adolescente a percibir la Asignación Universal por Hijos (Auh) sin intermediarios, la titular de Anses explicó a El Litoral que para aplicarlo deberán modificarse algunos procedimientos administrativos ya que hasta el momento el sistema no habilita el cobro a menores de edad.
“Sabemos que la Asignación Universal por Hijos fue pensada con para brindar un apoyo económico en la crianza y educación de los niños, y por ende es un beneficio directo para ellos; pero en todos los casos los mayores de edad son los facultados a acercarse a la boca de pago y son titulares de derecho. Por eso hasta ahora nunca un adolescente cobró el plan y en este caso debería venir con la compañía de un mayor, porque hasta el momento no se como procesaríamos la información en el sistema”, explicó Natalia De los Santos titular de Anses.
Días atrás el Juzgado de Familia Nº 1 libró oficio a la Administración Nacional de Seguridad Nacional (Anses), para que disponga un cambio de titularidad a favor de una menor de edad, debido a que la misma se encuentra facultada para realizar los actos administrativos. Asimismo en caso de ser necesario, autorizó a la tía paterna, quien está a cargo de la menor.
Por ese motivo desde las oficinas locales de Anses elevarán la consulta a Buenos Aires para poder adaptar sus labores a las reformas. “Sabemos que estamos en un período de cambios, así que habrá que ver las modificaciones a realizar, pero hasta ahora la menor no se presentó”, puntualizó De los Santos.
Al parecer es el primer caso en el país. por lo tanto, aunque conste una orden judicial deberá esperarse un tiempo hasta que se modifique el sistema técnico e institucional. Para ello previamente se deberá impulsar un control de administración para readaptar los procedimientos.
Por otra parte, Rosa Esquivel Iglesia doctora a cargo de Juzgado de Menores Nº 1 explicó a este medio cuales serían los pasos a seguir ante las circunstancias y dijo: “En este caso, legalmente la adolescente está autorizada a todo acto administrativo, para ello se predispuso como beneficio directo, pero ante cualquier imprevisto su tía paterna quedó autorizada como opción.
De todas formas la idea es que el ejercicio lo lleve a cabo la menor, porque así lo establece el marco legal, debido a que se tiene en cuenta la capacidad progresiva del adolescente y se considera que por su grado de madurez se encuentra en condiciones de gozar del beneficio y administrarlo a su favor”.
Asimismo, la jueza explicó que lo ideal sería que “los adolescentes puedan adquirir los beneficios que serán destinados a su educación, higiene y vestimenta. Porque si está capacitado para emitir un voto, lo está también para ejercer lo que le corresponde por derecho”. Vale remarcar que estas situaciones solo son sustentables jurídicamente, en la medida que el menor se encuentre en situación de vulnerabilidad, es decir en el caso en donde los padres no respondan a su responsabilidad parental.

El caso
La resolución judicial que autorizó a una adolescente a realizar el cobro de la Asignación Universal por Hijo sin la intermediación de sus progenitores, se dictó luego de verificar que la menor se encontraba en una situación de vulnerabilidad ya que desde el 8 de mayo que no vive con sus padres, quienes sí percibían el beneficio social. El hecho se comprobó ante una audiencia realizada con la tía paterna que reveló que el padre percibía el plan social, cuya finalidad es brindar un apoyo económico para el cumplimiento de los deberes inherentes a la responsabilidad parental.
Por lo tanto el Estado se vio obligado a brindar asistencia a quien ejercería efectivamente el derecho, es decir a la adolescente.


Domingo, 6 de septiembre de 2015
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