CORRIENTES Fallan a favor de un usuario que denunció a Telecom por retrasar un trámite  Los Ministros del STJ indicaron que los usuarios de los servicios públicos domiciliarios poseían frente a los proveedores, una situación de debilidad aún mayor que los prestadores de productos y servicios. Aún así, de las constancias del caso surgía con claridad la titularidad del denunciante de la línea telefónica y su voluntad de no continuar con la misma.
Sin embargo, la empresa no había aportado prueba alguna que permitiera corroborar la exactitud de sus fundamentos (solicitud de cambio de titularidad, falta de datos para culminar el trámite, origen del monto que pretendía cobrar).
Los integrantes de la Corte Provincial señalaron que las manifestaciones de TELECOM ARGENTINA carecían de entidad suficiente para lograr su justificación, puesto que eran “unilaterales” y “sin respaldo probatorio”.
“A lo que se añade que, más allá del deber de toda parte de probar lo que alega, en el caso es la parte que se encuentra en mejores condiciones para aportar la prueba de los hechos, dada su posición dominante o privilegiada (…) por lo su deber procesal de colaboración se acentúa, al punto de atribuírsele una carga probatoria más rigurosa que a su contraparte”.
En definitiva, se evidenció que la empresa incumplió con el trámite de cambio de titularidad iniciado por el usuario, y no lo pudo justificar, es más, ni siquiera “se precisó cuáles eran los datos que faltaban o acreditaron las oportunidades en que la firma dice haberlos requerido”.
Martes, 7 de julio de 2015
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