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BENEFICIOS PARA MATRICULADOS Descuentos del 20% para la compra de artículos de temporada en 6 locales  El presidente del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes, doctor Ricardo Villar, informa que por gestión del Directorio de la entidad los Matriculados cuentan con el beneficio de una bonificación del 20 por ciento en la compra de artículos de temporada en unos seis locales ubicados en la ciudad de Corrientes. La oferta para los profesionales Abogados rige desde el 1 de junio de este año y se extiende hasta el próximo 31 de diciembre. El doctor Villar especificó que al descuento se accede comprando en los siguientes comercios:
NOMBRE DIRECCIÓN Nº LOCAL Mimo Junín Junín 1221 Nº 1 Mimo Shopping Av. Centenario 3500 Nº B 30 Estancias Junín Junín 1221 Nº 2 Estancias Shopping Av. Centenario 3525 Nº B 19 Yagmour Av. Centenario 3500 Nº B 08 Pato Pampa Av. Centenario 3525 Nº B 95
CONVENIO
El nuevo beneficio para los Matriculados se concreta en base a un convenio firmado por el Colegio de Abogados, representado por el doctor Villar, y la firma Tirock, a cargo del señor León Alberto Cohen.
La bonificación otorgada por Tirock y las firmas comerciales adheridas no se superpone con otras promociones que estuvieren vigentes, y tiene como fecha de inicio el 1/6/15 hasta el 31/12/15 inclusive.
REQUISITOS
Para poder acceder a la bonificación, el Matriculado debe presentar en caja la credencial otorgada por el Colegio de Abogadas, indistintamente de la circunscripción a la que pertenezca. En caso de que el colegiado quisiese ceder su beneficio a un familiar directo, sería necesario que el mismo acompañe a la persona hasta la caja para concretar la operación y pago. El matriculado deberá acreditar su carácter de tal, con la sola presentación de su matrícula de Abogado y la de su familiar directo con Partidas de Nacimiento y/o Documento Nacional de Identidad que acredite el vínculo.
COMPROMISO DEL COLEGIO
El Colegio se compromete por este acto a divulgar y dar a publicidad el presente Convenio a sus matriculados, por medio electrónico a través de envíos de mails y de todo otro medio de difusión disponible, dándole continuidad a la difusión durante el período de vigencia del presente.
El presente acuerdo tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015, pudiendo las partes rescindirlo anticipadamente sin invocación de causa y sin que genere derecho u obligación alguna a las partes, debiendo ser comunicada la decisión de manera fehaciente con una antelación suficiente de diez días. La renovación de este convenio se formulará de común acuerdo entre las partes.
Este Convenio no genera para las partes derecho a exclusividad alguna y ante toda controversia las partes buscarán una solución amigable y componedora sin que genere ni deba generar conflicto judicial, Tanto el Colegio Como la Empresa deslindan toda responsabilidad por cuestiones generadas por empleados y/o los matriculados al momento de hacer uso de los beneficios que las partes se otorgan y reconocen por el presente, debiendo entenderse al presente como un convenio de colaboración mutua y de reciprocidad, que no genera compromisos económicos entre las partes.
Miércoles, 24 de junio de 2015
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