DERRUMBE FATAL Revés judicial para familiares de los obreros muertos  El STJ rechazó el recurso federal con el cual la querella pretendía recurrir a la Corte Suprema por el desprocesamiento de un empresario. El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (STJ) rechazó el recurso federal extraordinario interpuesto por los abogados de cinco familias de los ocho obreros muertos en el derrumbe de la cúspide del edificio de San Martín 652. Con esa herramienta procesal, la parte querellante y acción civil pretendía llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que el máximo tribunal analice el desprocesamiento del empresario William Mayer.
Los abogados Ernesto González y Rubén Leiva habían redoblado la apuesta -con la presentación de este recurso federal- luego de una resolución de la Corte provincial de octubre de 2014, en la que se confirmaba la revocatoria del procesamiento del empresario que había dispuesto con antelación la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Corrientes.
A raíz de este fallo del Tribunal de Alzada, se lo deslindó de toda responsabilidad penal a Mayer por el trágico derrumbe ocurrido en marzo de 2012. Para la querella este dictamen produjo una flagrante violación de los derechos y garantías constitucionales que amparan a las víctimas que se constituyeron como querellantes y actores civiles, con la sentencia o sobreseimiento prematuro en favor de William Carlos Mayer, en el marco de la comisión de los delitos de estrago culposo agravado y homicidio agravado (...). Además los querellantes atacaron la resolución de Apelaciones, considerando que este tribunal materializó lo que en la doctrina se considera como arbitrariedad fáctica al omitir pruebas disponibles, como ser las testimoniales de los operarios sobrevivientes Nelson Valenzuela y Alberto Luis Peloso. Ante este planteo, los ministros Alejandro Chaín, Eduardo Panseri, Guillermo Semhan y Fernando Niz fundamentaron que el escrito recursivo se limita únicamente a manifestar que se afectaron las garantías constitucionales del derecho de defensa, del debido proceso, igualdad y propiedad.
No conmueven las razones ni la fundamentación de la sentencia atacada (la del desprocesamiento de Mayer dictado por la Cámara de Apelaciones) constituyendo sus expresiones una mera discrepancia por el resultado adverso recaído, reza parte del fallo del máximo tribunal provincial al que tuvo acceso NORTE de Corrien tes. Por ello, la Corte local resolvió declarar inoficioso el recurso extraordinario federal. El próximo paso es recurrir en queja a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Si no prospera nuestro reclamo en el máximo tribunal de justicia del país, estamos dispuestos a ir la Corte Interamericana de Derechos Humanos, expresaron los letrados querellantes a este medio tras ser notificados del fallo, y agregaron: Seguiremos insistiendo en que William Mayer tiene responsabilidad penal por el derrumbe.
A poco más de tres años de la tragedia quedaron imputados los tres responsables directos de la obra: el arquitecto Marcelo Mayer (hermano de William) y los ingenieros Walter Bruquetas y Elías Cohen.
Viernes, 15 de mayo de 2015
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