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SESIÓN 17
Es Ley el marco legal para el ejercicio profesional de la instrumentación quirúrgica
En la sesión post-receso se aprobaron una serie de normativas importantes referidas a los héroes de Malvinas y Trasplantados, por ejemplo, las que pasaron al Senado para completar su trámite parlamentario, al igual que la denominada Ley de “Emergencias Cardíacas”, a fin de que en lugares públicos exista un “desfibrilador”.
La Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, en su sesión 17, presidida por Pedro Cassani sancionó una importante ley que cubre una necesidad extrema en el área salud, como lo es la reglamentación que regule la actividad del “Instrumentador Quirúrgico” como colaborador directo, integrando activamente el equipo técnico-profesional que se realizan en los establecimientos y/o centros quirúrgicos asistenciales.

Vale mencionar que La ley 17132, del año 1969, que regula el Ejercicio Profesional de la Medicina, la Odontología y las actividades afines, no contemplaba al Instrumentador Quirúrgico, recién en el año 1974, por medio del Decreto Nº 1226 del Poder Ejecutivo Nacional, la actividad fue incorporada dentro del listado de las “Actividades de Colaboración”.

De acuerdo a la Resolución Nº348/94, la instrumentación quirúrgica tiene como misión asistir, controlar, supervisar y evaluar, en lo que atañe a su tarea especifica: el proceso de atención del paciente desde su ingreso al quirófano hasta su egreso de la sala de recuperación post-anestésica, asumiendo su responsabilidad laboral de manera ética y profesional. La normativa pasará ahora, al ámbito del Poder Ejecutivo, para su promulgación.

En la sesión de marras, la primera post receso invernal, también obtuvo Media sanción la Modificación de la Ley Nº 5.294, que amplía las exenciones a combatientes de Malvinas en operatorias del INVICO, a sus familiares directos. Al respecto la diputada autora del texto Alicia Locatelli, expresó que se trata de un reconocimiento a los héroes de Malvinas, que fallecieron; para que sus familiares directos (viudas, o hijos) puedan también ser beneficiarios de la condonación de deudas de su vivienda única. “Es un acto de justicia”, sostuvo para aclarar que es “una vivienda por ex combatiente caído” en su deber con la patria.

Asimismo, pasaron al Senado el proyecto de ley que adhiere a la Ley Nacional Nº 23.302 –dispone sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes; y la donación de inmuebles a la municipalidad de San Luis del Palmar y al Arzobispado de Corrientes.

También obtuvo media sanción la “Ley de Emergencias Cardíacas” que obligará a la instalación de un desfibrilador externo automático (DEA) en lugares de concurrencia masiva. Fue el diputado Eduardo Tassano quien habló ante sus pares de esta iniciativa, que ahora pasa al Senado, explicando que se trata de un moderno equipamiento, que será manipulado por personas capacitadas a tal fin; especificando también que los mismos, resuelven por sí mismos, si el enfermo necesita el disparo eléctrico. “Es altamente moderno”, sostuvo.

El encuentro parlamentario se inició a las 21 horas y finalizó una hora después; registrándose las ausencias de los diputados: Carlos Farizano, Angel Rodriguez y Manuel Sussini.

Vale mencionar que el proyecto de Ley que crea la Subsecretaría de Identidad de Género volvió a comisión para ser tratado en dos semanas más.


Ley para Trasplantados

Otro proyecto de Ley aprobado sobre tablas, fue la modificación de la Ley que protege a los Trasplantados. Se propone básicamente, la modificación del artículo 2° de la Ley 6056, al introducir que “ser trasplantado, donante, encontrarse en lista de espera o ser acompañante, no será causal de impedimento para el ingreso o continuidad laboral”.

En el mismo orden de ideas seguidamente se establece un sistema de licencias especiales que permitan al trasplantado realizarse los controles periódicos necesarios para su recuperación y el mantenimiento de su estado de salud.-

Se introduce un Capítulo VI (Asignación Mensual) a la estructura normativa de la ley, estableciendo en el artículo 17, que el Estado provincial deberá otorgar una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez a las personas comprendidas en el artículo 1° de la ley ; ello en tanto no cuenten con ningún otro beneficio previsional”.

Finalmente, en la sesión 17, se aprobó la resolución que solicita al Poder Ejecutivo disponga la creación de una guardia de enfermería en la estación terminal de ómnibus de la ciudad de Corrientes, para atender a los pasajeros en tránsito.


Jueves, 31 de julio de 2014
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