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MEDIDA JUDICIAL
Un juez prohibió todas las fiestas electrónicas en la Ciudad
El juez en lo contencioso administrativo y tributario Lisandro Fastman prohibió las fiestas electrónicas en cualquier ámbito de la ciudad de Buenos Aires. La medida alcanza no solo a los eventos masivos, sino también a "establecimientos comerciales habilitados con otra clase o finalidad habitual", como los boliches.
El magistrado explicó que la decisión es "al efecto de evitar todo tipo de daño que pueda resultar previsible" y le ordenó al gobierno de Horacio Rodríguez Larreta cumplir una serie de medidas, entre ellas extremar los controles en los boliches.

El juez interviene en la causa que un grupo de asociaciones civiles iniciaron tras la muerte de cinco jóvenes en la fiesta electrónica Time Warp. Las entidades reclamaron por la falta de controles y la venta de drogas en boliches de la ciudad. El juez Roberto Gallardo dispuso como medida cautelar suspender toda actividad con música en vivo o grabada en la ciudad por el "cuadro de impunidad e inexistencia de control estatal respecto de la actividad nocturna".

Luego el expediente pasó al juez Fastman, que dejó sin efecto la resolución tras una audiencia con todas las partes, aunque mantuvo la cautelar abierta.

En ese encuentro, el gobierno porteño ratificó su compromiso público de no otorgar permisos para la realización de eventos masivos de música electrónica y de presentar en cinco días un informe de las inspecciones realizadas. En tanto, el compromiso de la Cámara Empresaria de Discotecas de Buenos Aires fue "garantizar la contratación del servicio de área protegida en los locales bailables Clase C".

Pero el gobierno porteño y la Cámara de Discotecas fueron por más: pidieron que se revoque el fallo del juez Gallardo, a lo que Fastman consideró "manifiestamente inadmisible". Así, para el magistrado "no es posible mantener la vigencia del acuerdo transitorio" y dispuso que el caso pase a la Cámara del fuero para tratar los planteos de las partes. Pero antes le ordenó al gobierno cumplir una serie de medidas porque "el paso del tiempo podría dejar sin tutela los derechos invocados en la demanda, y con ella generarse eventuales daños de difícil o imposible ulterior reparación".

La primera es que la prohibición de las fiestas electrónicas no alcance solo a los eventos masivos sino también a "eventos de similares características –aunque en menor concurrencia de público- tengan lugar en establecimientos comerciales habilitados con otra clase o finalidad habitual".

La segunda es que se inspeccionen una serie de locales que las asociaciones denunciaron en la causa y el juez solicitó que si se detectan irregularidades se haga la denuncia correspondiente.
Por último, el magistrado pidió "extremar los recaudos" para el control y el resguardo de la salud e integridad física de los asistentes a los locales. Sobre ese punto, reclamó control sobre "normas de seguridad vigentes, cantidad de personas que ingresan a dichos locales, la existencia de ventilación o refrigeración adecuada, elementos de higiene, aseo e hidratación, y el estricto cumplimiento de los dispositivos médicos de emergencia exigibles". Se trata de todo lo que falló en Time Warp.



Jueves, 12 de mayo de 2016
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