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SECUESTRO EXTORSIVO DE CRISTIAN
Caso Schaerer: Cornelli Belén insiste en la libertad condicional
El condenado llevará su caso a la Cámara Federal de Casación Penal.
Claudio Cornelli Belén, condenado en 2009 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes (TOCF) a la pena de 12 años de prisión por el secuestro del joven correntino Cristian Schaerer, insistirá ante la Cámara Federal de Casación Penal en ingresar al régimen de libertad condicional. El llamado “preso arrepentido” que contó -en el segundo juicio- por primera vez los detalles del secuestro y delató a la banda, redobló la apuesta e interpuso una impugnación contra lo resuelto por el juez Fermín Ceroleni, integrante del TOFC. En agosto pasado, el magistrado correntino rechazó en primera instancia la propuesta de la Defensoría Oficial Federal de incorporar al hombre -también conocido como “Jaimito” o “Humito”- al régimen de libertad condicional. En su articulación recursiva la defensa de Cornelli Belén sostuvo la inobservancia o mala aplicación del juez en relación a la “sana crítica que debe imperar en cuanto a la estimación de los informes previos interdisciplinarios favorables (afirman en la Unidad Penal donde el condenado está detenido que éste cuenta con buena conducta) y a lo dictaminado en la resolución del Consejo Correccional”. Además, el impugnante solicitó que se le conceda el recurso para llevar el caso a los tribunales de Comodoro Py 2002 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al tiempo que pidió que se declare inconstitucional el artículo 14 del Código Penal y el 56 bis de la Ley de Ejecución Penal Nº 24.660. Es que estos dos apartados rezan que no podrá otorgarse el beneficio solicitado por Cornelli Belén a los condenados por los siguientes delitos: homicidio agravado por criminis causa, delitos contra la integridad sexual cuando resultare la muerte de la víctima, privación ilegal coactiva, homicidio en ocasión de robo y el secuestro extorsivo si se causare intencionalmente la muerte de la persona ofendida. Ceroleni había fundamentado en su primer fallo que si bien Cornelli Belén “cuenta con un informe favorable por voto mayoritario del Cuerpo Interdisciplinario de la Colonia Penal de Viedma (U-12)” para ser incorporado al sistema que se aplica en la última fase de cumplimiento de la condena, “su liberación podría obstaculizar la investigación”. El magistrado enumeró los propósitos: “Al día de hoy, se intenta dar con el paradero de las personas prófugas que actuaron como líderes de la organización delictiva; la naturaleza del delito cometido por Claudio Sebastián Cornelli Belén (...) las pruebas incorporadas a la causa (...)
demostraban entre otras cosas un proceder agresivo y un desprecio por la vida del ser humano de todos los integrantes de la banda; concedérsele el beneficio estaría obstaculizando la labor de la Justicia, entorpeciendo la posibilidad de lograr el paradero de la víctima; que aún está pendiente la realización del tercer juicio oral”. Ante un nuevo planteo de la Defensoría Oficial, a cargo de Enzo Di Tella, Ceroleni resolvió conceder el recurso de Casación para Cornelli Belén para que el tribunal de alzada analice la situación del condenado. “Humito” o “Jaimito” fue condenado junto a Cristian Carro Córdoba y Raúl “Caniche” Salgán -éstos recibieron 25 años de prisión-. En noviembre de 2013, la Cámara de Casación Penal confirmó estas condenas y revocó la parte del fallo absolutorio: a Ramírez le dieron 18 años de prisión, a los hermanos Sergio y Oscar Salgán, 17 años; a María Esther Sudo, 17 años; y a su hijo, Jorge Sudo, 11 años. No obstante, a finales del año pasado la Corte Suprema dispuso que se conforme un nuevo tribunal y se revise una vez más el fallo de Casación que condenó a las cinco personas que en el juicio habían sido declaradas libres de culpa y cargo.


Domingo, 1 de noviembre de 2015
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