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LIBRO
Zaffaroni y su "excepcional necesidad de dar muerte"
El ex juez y candidato a la CIDH, conocido por su abolicionismo penal, defendía el Golpe de Estado de 1976 y sus crímenes.
En un libro, se refiere a ellos como a "quienes hubiesen usurpado justificadamente la función pública"

La revelación de los contenidos del libro Derecho penal militar, escrito por Eugenio Raúl Zaffaroni en 1980 -en colaboración con Ricardo Juan Cavallero- no sólo sorprendió por párrafos que dan justificación, mientras la dictadura aún se mantenía en pie, a la necesidad del golpe de Estado o por su posición ilegalizante de la homosexualidad en el ámbito de las fuerzas armadas. Zaffaroni, conocido por sus posiciones garantistas, también expone en su libro oculto (ya que es de imposible lectura en las principales bibliotecas del país y es inexistente para su compra en librerías materiales o virtuales) una particular teoría para avalar la pena de muerte. El ex juez de la Corte Suprema y actual candidato a integrar la Corte Interamericana de Derechos Humanos recoge sus reflexiones en el capítulo titulado: "La excepcional necesidad de dar muerte al delincuente".



Para ejemplificar mejor a sus lectores, Zaffaroni utiliza una metáfora que, en el transcurso de su desarrollo, alcanza ciertos niveles líricos. De este modo, propone apartar la institución militar y reemplazarla, en cambio, por un grupo de personas que -ante la ausencia de autoridad, un ataque o una catástrofe tal como un terremoto que diera muerte a los miembros del gobierno- se propone conducir al grupo social al que pertenece durante ese periodo de zozobra.

El ex magistrado usa a ese grupo para ejemplificar cuándo, en situación de "necesidad terribilísima", podría ser aplicada la así llamada "pena de muerte". "La supresión del delincuente jamás tiene el carácter de una pena, pero no es inconstitucional cuando se impone como resultado de una necesidad terribilísima que permite encuadrar el caso como justificación o inculpabilidad", escribe Zaffaroni. Y continúa -en otra forma de justificación del golpe de Estado-: "Los imaginarios integrantes de habitantes de la Nación que ante el ataque inesperado o el terremoto catastrófico, habiendo desaparecido cualquier autoridad o siendo incapaz la que resta para hacer nada que evite el inminente peligro que de esas circunstancias se deriva para sus vidas y bienes y para los de sus allegados, hubiesen usurpado justificadamente la función pública necesitarán conservar una extraordinaria cohesión y fe común en la empresa emprendida". Cabe señalar que la metáfora que usa el jurista no evade la comparación con las justificaciones de los apologistas del golpe de Estado de 1976, quienes señalaban que el gobierno democrático de Isabel Perón estaba sumido en el caos y que era "incapaz" de enfrentar el peligro inminente que las circunstancias producían a la Nación, a la que caracterizaban "en guerra contra la subversión".




Zaffaroni plantea que, para conservar el elevado espíritu moral, ese grupo de personas debe afrontar toda conducta que pueda desmoralizarlos. "El grupo que habría de cargar sobre sí la tarea de enfrentar al peligro debe comportarse con un valor extraordinario, pero ese grupo no estará formado sino por hombres, no por Ubbermenschen inmunes al miedo y al pánico. (...) Si pensamos que este imaginario grupo de habitantes emprende semejante tarea, hallaremos casos en que para conservar su existencia como grupo no tendrá otra solución que suprimir a los integrantes que con su conducta sean capaces de destruir el nexo emocional que los reúne. (...) Se trata de conductas que por su extrema gravedad atentan contra la 'moral' del grupo, de tal modo que la única solución que se impone es la muerte del autor, porque es la única medida que frente a semejante violación de las leyes del grupo en circunstancia tan extrema y peligrosa, puede satisfacer psicológicamente la reclamación proveniente de la tremenda represión que se impone el resto de sus integrantes para afrontar empresa tan peligrosa como dolorosa".

De esta manera inquietante Zaffaroni expone su argumentación para describir "la excepcional necesidad de dar muerte al delincuente". No es menor señalar que ya por esa época y aún antes había juristas prestigiosos que abogaban por eliminar la pena de muerte del Código Penal Militar, objetivo que recién sería conseguido en 2008. En cambio, en 1980 y en plena dictadura, Zaffaroni -que luego sería conocido por sus posturas garantistas- la justifica.




Zaffaroni es el candidato argentino para integrar la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en San José, Costa Rica. La elección se realizará el martes 16 de junio en el marco de la 45º Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), que será presidida por primera vez por el uruguayo Luis Almagro. El sitio de análisis de políticas regionales Latin America Goes Global presentó un artículo firmado por Katya Salazar que se pregunta por la ausencia, en esta oportunidad, del histórico foro público con los candidatos a la CIDH en los que se exponen sus antecedentes, experiencia e idoneidad. El artículo señala que la falta del foro público se debe "a la oposición de varios Estados que presentaron candidatos a estas elecciones". Ante la ausencia de tal foro, Salazar se pregunta: "¿Cuál es el temor?". En el caso de Zaffaroni quizás estribe el temor a que reluzcan antecedentes como el de los departamentos de su propiedad que eran usados como casas de citas prostibularias, el juramento como juez durante dos periodos de gobiernos inconstitucionales o incluso polémicos fallos, como aquel en el que el ex juez sentenció que la fellatio a la que se obligó a una víctima estaba atenuada porque se había realizado con la luz apagada.

Cuestiones a las que se podrían sumar las revelaciones que brinda el libro Derecho penal militar sobre sus posiciones en 1980. Como se dijo, el libro justifica el golpe de Estado y lo hace explícitamente de este modo: "Los bandos para el supuesto de conmoción interior, fuera de la guerra también requieren una necesidad terribilísima, que debe estar dada por la circunstancia de que la conmoción interior alcance un grado tal que la autoridad del lugar no pueda evitar estragos, es decir, que la alteración del orden sea de tal naturaleza que el peligro de afectación masiva y grave de bienes jurídicos tales como la vida, la propiedad, etc., sea inminente e inevitable por la autoridad local. De allí surge la posibilidad de que la autoridad militar asuma el gobierno o el mando de una parte del territorio".

O su postura a favor de la ilegalización de las relaciones homosexuales en el ámbito castrense: "Si pensamos por un momento en que la homosexualidad entre adultos no puede ser punida como delito en la vida civil, porque esa punición violaría el art. 19 constitucional, no por ello debemos concluir en que la homosexualidad militar es inconstitucional, tal como la prevé el art. 765, CJM, porque en la vida civil no hay ningún bien jurídico que resulte afectado por esa conducta realizada en privado, pero en el orden militar la posibilidad de trascendencia del conocimiento de esa conducta afecta la imagen pública de las fuerzas armadas y la confianza que ellas deben gozar por parte de los habitantes de la Nación, cuyo crédito frente a ellos es indispensable para que ante la necesidad tremenda cuenten con la participación y apoyo de la población".

En declaraciones a Radio del Plata, Zaffaroni atribuyó la revelación de los contenidos de su libro a una operación del grupo Clarín. "Clarín está cobrando el voto por la constitucionalidad de la ley de Medios", dijo el ex juez de la Corte Suprema a Cesar Mascetti. Sin embargo, no explicó el sentido de sus tesis producidas en 1980, cuando en el país gobernaba un grupo de criminales golpistas que no sólo entregó los bienes de la nación, sino que produjo miles de desaparecidos, asesinados y exiliados entre la población civil. Zaffaroni se excusó en una ofensiva del grupo Clarín en lugar de explicar las razones de algunas de las polémicas tesis que se publican en esta nota.


Sábado, 13 de junio de 2015
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